Canal de denúncia
¿Qué es el Canal de Denuncias?
Es un canal de comunicación que permite informar sobre posibles infracciones normativas, irregularidades o conductas contrarias a la integridad, al Código Ético y de Conducta o a la normativa interna del Instituto.
A través de este canal pueden comunicarse, entre otras:
- posibles infracciones penales o administrativas graves o muy graves;
- incumplimientos del Derecho de la Unión Europea;
- fraudes, corrupción o conflictos de interés;
- incumplimientos del Código Ético y de Conducta, del Plan Antifraude o de las normas internas del IRBLleida;
- conductas contrarias a las buenas prácticas científicas;
- situaciones de acoso laboral, sexual o por razón de sexo, así como otras conductas discriminatorias.
El canal no está destinado a formular consultas sobre la interpretación de la normativa o de los procedimientos internos. Estas consultas pueden dirigirse a compliance@irblleida.cat.
¿Quién puede utilizarlo?
Cualquier persona que tenga conocimiento de una posible irregularidad en un contexto laboral o profesional relacionado con actividades desarrolladas por el IRBLleida o bajo su supervisión.
¿Cómo se puede presentar una comunicación?
El medio preferente es la plataforma telemática CENTINELA CANAL DE DENUNCIAS, accesible a través del siguiente enlace:
La plataforma permite presentar comunicaciones por escrito, de forma identificada o anónima, y está diseñada para garantizar la seguridad, la confidencialidad y la integridad de la información.
También se puede presentar una comunicación por los siguientes medios:
Por correo postal:
Compliance Officer de IRBLleida
Avenida Alcalde Rovira Roure, 80
25198 Lleida
Por teléfono:
973 70 22 01, solicitando contactar con la función de Compliance Officer.
¿Qué información debe aportarse?
La comunicación debe describir los hechos de forma clara, concreta y tan detallada como sea posible. Se recomienda indicar:
- el tipo de conducta o irregularidad;
- las personas presuntamente implicadas;
- las fechas y lugares en los que ocurrieron los hechos;
- las personas que puedan tener conocimiento de los mismos;
- cualquier documento, archivo o evidencia obtenida lícitamente que pueda ayudar a esclarecer los hechos.
No es obligatorio identificarse. No obstante, la identificación puede facilitar la investigación y permitir solicitar información adicional.
La persona informante debe actuar de buena fe y tener motivos razonables para considerar que la información comunicada es veraz en el momento de presentarla. No es necesario que los hechos queden finalmente acreditados para que la comunicación se considere formulada de buena fe.
¿Qué garantías ofrece?
El Sistema Interno de Denuncias se rige por los principios de confidencialidad, seguridad, anonimato, imparcialidad, accesibilidad y prohibición de represalias.
IRBLleida garantiza:
- la posibilidad de presentar comunicaciones anónimas;
- la confidencialidad de la identidad de la persona informante, de la persona afectada y de las demás personas mencionadas;
- la protección frente a cualquier represalia, amenaza o intento de represalia contra las personas que informen de buena fe;
- la protección de los datos personales y el acceso restringido a la información;
- la tramitación imparcial y profesional de las comunicaciones;
- el respeto a la presunción de inocencia, al derecho de defensa, al derecho al honor y al derecho a ser escuchada de la persona afectada.
La protección no se aplica a las comunicaciones formuladas de mala fe o con conocimiento de la falsedad de la información aportada.
¿Qué ocurre después de presentar una comunicación?
La recepción de la comunicación se confirmará en un plazo máximo de siete días naturales, salvo que ello pueda comprometer su confidencialidad.
Posteriormente, se realizará un análisis preliminar para determinar si los hechos se encuentran dentro del ámbito del Canal de Denuncias y si la comunicación se admite a trámite.
Cuando sea admitida, se llevará a cabo una investigación objetiva, exhaustiva, confidencial y proporcionada a los hechos comunicados. La investigación podrá ser realizada internamente, por personal especializado, por una comisión específica o por profesionales externos independientes.
El plazo general para concluir las actuaciones es de tres meses desde la recepción de la comunicación. En casos de especial complejidad, este plazo podrá ampliarse de forma motivada hasta tres meses adicionales.
Cuando los hechos puedan ser constitutivos de delito, la información se remitirá al Ministerio Fiscal o, si afectan a los intereses financieros de la Unión Europea, a la Fiscalía Europea.
Responsable del Sistema
La persona titular de la Gerencia del IRBLleida es la responsable del Sistema Interno de Denuncias y ejerce sus funciones con independencia y autonomía.
En la gestión e investigación de las comunicaciones también podrán intervenir la función de Compliance Officer, las unidades competentes del Instituto, profesionales externos o comisiones constituidas específicamente, en función de la naturaleza de los hechos y de los posibles conflictos de interés.
Integridad científica y Ombudsperson
Cuando los hechos estén relacionados específicamente con la integridad científica, las malas prácticas en investigación, los conflictos éticos entre investigadores o posibles incumplimientos de los códigos de conducta científica, también podrá acudirse al Ombudsperson del IRBLleida o al Comité de Integridad en la Investigación.
Ombudsperson de IRBLleida:
Dr. Enric Herrero
ombudsperson@irblleida.cat
En asuntos de especial relevancia también puede acudirse al Ombudsperson CERCA:
Canales externos de información
La persona informante puede utilizar directamente el Canal de Denuncias del IRBLleida o acudir a los canales externos habilitados por las autoridades competentes, sin necesidad de presentar previamente una comunicación interna:
- Oficina Antifraude de Cataluña.
- Autoridad Independiente de Protección del Informante.
IRBLleida recomienda utilizar preferentemente el canal interno cuando sea posible, ya que permite adoptar medidas inmediatas, investigar los hechos y mejorar los mecanismos internos de prevención y control.